El concepto de ley natural, ley de la
naturaleza o ley o principio físico es esquivo y escurridizo. Así,
por ejemplo, hay quien se refiere a la teoría de la gravitación de
Newton como la “ley de la gravitación universal”, cuando ni es
ley, ni es universal. Por otra parte a las leyes de la termodinámica
hay veces que se las llama principios y hay principios, como el de
exclusión de Pauli o el de incertidumbre de Heisenberg, a los que no
se les llama leyes, siéndolo. Si a esto unimos la polisemia de
términos de uso habitual en ciencia como teoría o hipótesis, es
comprensible que reine cierta confusión sobre su uso.
Por otra parte la caracterización de
lo que es una ley física es un campo de intensa actividad en
filosofía de la ciencia con importantes implicaciones
epistemológicas y metafísicas. Los expertos en el tema sabrán
excusar que hoy dejemos aparte la teoría de la causalidad de Hume, a
pesar de su interés, e intentemos ser un poco pragmáticos, aunque
cerremos con filosofías.
Tomemos, de entrada, la definición de
ley “científica” [sic.] que el pasado 30 de enero aparecía en
el blog Library of Alexandria y
que provocó cierto intercambio de pareceres en Twitter: Una
afirmación que se basa en una observación experimental repetida que
describe algún aspecto de un fenómeno natural. […] las leyes
suelen expresarse usando matemáticas. Esta definición (en
adelante, DLoA) se daba con la intención de ayudar a los
lectores/comunicadores a hablar con propiedad cuando se referían a
la ciencia. En lo que sigue mostraremos brevemente que esta
definición es manifiestamente insuficiente y daremos cinco criterios
para distinguir una ley física de un mero accidente estadístico.
Dejaremos para una anotación posterior la discusión sobre qué es
una teoría científica.
La lluvia es un fenómeno natural. Su
localización geográfica es un aspecto de este fenómeno. Pues bien,
yo he comprobado experimentalmente en repetidas ocasiones que cada
vez que voy a Bilbao, llueve. Según, la DLoA, el que “si César
está en Bilbao entonces llueve en Bilbao” es una ley física. El
lector pensará que esto es absurdo, que esto no es una ley de la
naturaleza ni nada parecido. Y, sin embargo, cumple con la DLoA
incluida la coda de ser expresable matemáticamente, ya que, dada su
estructura lógica (si A entonces B), es trivial en teoría de
conjuntos.
¿Qué falla entonces en esa
definición? O, dicho de otra manera, ¿qué es una ley de la
naturaleza? ¿qué diferencia la segunda ley del movimiento de
Newton, por ejemplo, de la afirmación de que cuando yo estoy en
Bilbao, llueve?
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1 comentario:
The Character of the Physical Law by Feynman/El carácter de la ley física, de Feynman, answers partly to that/responde parcialmente a eso. Feynman rules, of course...
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